Respuesta de Pronadher al Documento de Sanidad (30 junio 2010)

- ANTECEDENTES HISTÓRICOS -

Este documento fue enviado por Pronadher a Sanidad en respuesta al primer documento borrador que recibió la asociación por parte de Sanidad con el propósito de que participáramos con aportaciones en el mismo. Este documento de sanidad fechado en diciembre 2009, pretende ser el documento orientador para un posible Proyecto No de Ley de Regulación de las Terapias Naturales.

En primer lugar estamos agradecidos por darnos oportunidad de participar en el futuro proyecto de regulación de las Terapias Naturales en España.

Las propuestas que ofrece Pronadher, anterior Aedher, nos parece que tendrían que tenerse en cuenta debido a la gran experiencia que tiene nuestra asociación y a la de sus socios, muchos de ellos veteranos del sector de las terapias naturales.

Nuestras propuestas son:

1. En su propio borrador claramente se explican las dificultades que tenemos a veces los profesionales de las Terapias Naturales (Naturología), para poder recibir la autorización correspondiente de Ayuntamientos, Comunidades autónomas, etc., debido a la trasposición que en muchas administraciones se hace del concepto de Centro de Terapias Naturales PARASANITARIO, a Centro Sanitario de Terapias Naturales, aplicando las condiciones de un centro médico a un centro parasanitario, a través de la aplicación del Real Decreto 1277/2003, a nuestros centros, lo cual no es correcto ni justo. Esto es una irregularidad por parte de las administraciones, sobre la cual habría que regular mediante una normativa adicional de obligado cumplimiento para todas las administraciones, para que no siguiese habiendo maltrato o injusticias contra nosotros. Esta forma de proceder por parte de las administraciones, genera descontrol, economía sumergida y desconfianza, aparte de un perjuicio a nuestros profesionales.

2. Sobre la nomenclatura que se debe de usar para denominar a los profesionales de nuestro sector, el comité de trabajo ha utilizado la de “terapias naturales”, la de “medicinas no convencionales”, “tradicionales” u otras. Pronadher (Aedher), considera este tema muy importante. En principio, no nos oponemos a que se utilice el término “terapias naturales” o “medicinas no convencionales”, pero pensamos que existe otra denominación más exacta para definir a nuestros profesionales, nos referimos a la de “NATURÓLOGO”, que viene de Naturología como ciencia madre de conocimiento de nuestra forma entender y de tratar la salud, por el papel primordial que siempre juega la naturaleza o los patrones naturales en la salud en la enfermedad y en la salud. NATURÓLOGO, es un término idóneo, porque define a todo aquel profesional de la salud natural que por sus características tiene un concepto sobre la salud y la enfermedad diferente a la Medicina convencional, que se traslada consecuentemente a su forma de tratar la salud a través de su filosofía y de los Métodos Naturales de Salud, como son la dieta natural, las plantas medicinales, las terapias de suplementos naturales, las técnicas manuales, las técnicas energéticas, las reflexológicas o las técnicas psicoterapéuticas humanistas y espirituales.

3. Pronadher (anterior Aedher) después de muchos años examinando la problemática que tenemos los profesionales de las terapias naturales, señalamos, que una regulación coherente de nuestro sector, que pueda apuntar el día de mañana a la creación de una profesión reglada en todos los sentidos, tiene que pasar necesariamente por un ESCALÓN INTERMEDIO. Este paso intermedio debería de ser la creación de una normativa o regulación ministerial, mediante un Decreto Ley, que supusiera EL RECONOCIMIENTO OFICIAL DE NUESTRAS PROFESIONES.

Este paso intermedio no tiene porqué ser una regulación completa, tanto profesional como formativa, en el grado medio o superior, ya que esto sería complejo y difícil de hacer, sino una ley de reconocimiento profesional, que nos saque de la desregulación, que describa el marco profesional de competencias, para no colisionar con otros profesionales sanitarios y que recoja la necesidad de una formación suficiente tanto en ciencias sanitarias comunes como: anatomía, fisiología, patología, bioquímica, etc., como en determinada/as técnicas de salud natural concretas relativas a cada tipo de profesional: naturopatía, osteopatía, acupuntura, kinesiología, quiromasaje, shiatsu, herbodietética, reflexología, etc.

En este sentido el modelo de regulación transitoria que más nos convence y agrada es el alemán. El estatuto de Heilpraktiker nos parece coherente. El Heilpraktiker tiene bien definido su marco de competencia, que es el mismo que el que tenemos nosotros. Ha funcionado desde los años 30 y no ha dado ningún problema administrativo o jurídico, ni tampoco a colisionado con los intereses de otros colectivos sanitarios.

En Alemaniala profesión de Heilpraktiker esta reconocida y regulada por el Ministerio de Salud. A la profesión de Heilpraktiker se accede mediante un examen en la región o Landen correspondiente, ante un tribunal mixto, en el que están representados, además de los representantes de los Heilpraktiker, representantes de la administración local y de sanidad. Si el aspirante a Heilpraktiker, aprueba el examen adquiere la titularidad profesional de Heilpraktiker, inscribiéndose en un registro profesional correspondiente.

El examen significa una evaluación sobre los conocimientos que tiene un aspirante a Heilpraktiker, en ciencias básicas (anatomía, fisiología, patología, etc.) y también en una de las técnicas naturales que quiera examinarse. Aunque se recomienda que estos profesionales se formen en Centros de Estudios o Escuelas cualificadas en Terapias Naturales, no es obligatorio. Por lo que una persona se puede cualificar de forma libre, si lo desea, teniendo derecho a examinarse de la misma forma que el que ha estudiado en un centro.

4. Pronadher (Aedher), tiene esta posición desde hace varios años. Nuestra asociación junto con otras, impulsó la creación de un proyecto de ley de regulación para los profesionales de la naturología, en el año 2006-07 inspirado en el modelo alemán y portugués, que finalmente entró en la Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso de Diputados gracias al diputado verde del grupo socialista Joan Oms. Después acabó la legislatura y desde entonces no hemos tenido noticias de una respuesta a nuestro proyecto. A continuación supimos que la Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso de Diputados, el 11 de diciembre de 2007, acuerda aprobar una proposición No de ley sobre la regulación de nuestro sector.

Por esta razón no entendemos lo que se quiere hacer. Propuestas e ideas coherentes, hay, personas y grupos dispuestos a colaborar también, nuestras propuestas están en la mesa para ser debatidas con flexibilidad cuando se quiera, además no colisionan con los intereses de otros colectivos sanitarios, porque no se olvide, que una regulación como la de Alemania por ejemplo, no significa poner al mismo nivel o categoría, a nuestros profesionales, con respecto a los profesionales sanitarios, lo cual significa que éstos van a seguir teniendo los mismos privilegios que tienen hoy, con respecto a nosotros, y eso no sería un inconveniente para nuestros profesionales a día de hoy.

Nosotros en la actualidad lo que queremos es un reconocimiento de nuestras profesiones por parte del Estado Español, que nos saque del desamparo jurídico y de la desregulación que tenemos, para que además se beneficie el ciudadano que acude a nuestras consultas, aumentando las garantías de los servicios que prestamos.

5. Con respecto al capítulo sobre la evidencia científica de nuestros sistemas de salud natural, nos parece irrelevante entrar en este debate. Solo tendría sentido demostrar científicamente la validez de nuestras terapias si se estuviera hablando de enseñanza reglada de tipo superior (universitaria). Como no es el caso, todo está bien como está. Ciertas universidades están promoviendo cursos de postgrado en diferentes disciplinas, pues este es el camino. Con el tiempo toda esta actividad desembocará en una evidencia científica basada en los resultados terapéuticos. Por lo tanto este tema, que a nosotros no nos preocupa en absoluto, no debería de ser un obstáculo hoy, ya que nuestras técnicas no tienen riesgo para la salud del ciudadano, porque no son invasivas y agresivas.

En el único terreno de enseñanza reglada que nos podemos mover es en el de la FP3 (Formación profesional), trabajo ya iniciado por el INCUAL (Mº Educación y Ciencia), y las terapias que se valoran para este ámbito son susceptibles de ser reguladas sin conflicto alguno sobre su evidencia científica, porque son: el Masaje, la Reflexología, el Shiatsu o la Herbodietética. Pronadher es partidario de regular este tipo de profesiones aludidas en los ciclos formativos de FP.

Sin otro particular, se despide atentamente, estando a su disposición en nombre de todos los asociados de Pronadher (anterior Aedher):

 

D. José Ramón Lobo Rico

Presidente de Pronadher